Despeñaderos: disponen un cordón sanitario estricto a razón de los contagios

Despeñaderos: el cordón sanitario estricto se extiende una semana más Despeñaderos: disponen un cordón sanitario estricto a razón de los contagios
La decisión se respalda en la alta evolución de los contagios y fue tomada en conjunto por la Municipalidad de Despeñaderos y los COE Regional y Central. Será hasta el 23 de agosto.

El intendente interino de Despeñaderos, David Boaglio, informó en horas del noche del sábado del establecimiento de un cordón sanitario estricto en todo el territorio de la localidad.

Esta medida preventiva ha sido tomada por la Municipalidad, el COE Regional Nº 8 y el COE Central, a razón de la evolución de la cadena de contagios. Es por esto que quedan suspendidas las actividades deportivas y culto, caminatas, restaurantes, bares, centros de estética y peluquerías.

El cordón sanitario estricto se ejecutará desde las 0 horas del lunes 17 hasta las 24 horas del domingo 23. La estrategia de abordaje epidemiológico tiene por objeto estudiar en profundidad el desarrollo del virus y reducir lo más posible su circulación y contagio.

«Respetemos los protocolos y apostemos a la unidad comunitaria para retornar a la normalidad en el menor tiempo posible.»

Expresaron desde el Municipio.

Compartimos a continuación, parte del texto de la resolución dispuesta por el COE Central:

1.-CONCRÉTASE a partir del  17/08/20  y hasta el 23/08/20 inclusive un “Cordón Sanitario Estricto” en la localidad de Despeñaderos, con los siguientes alcances:

a) Investigación epidemiológica mediante una estrategia combinada de  ampliación diagnóstica, con estudios de PCR (hisopados) a las personas  sintomáticas y contactos estrechos, y un muestreo  poblacional mediante estudios de serología;

b) Suspensión, por el término de la presente, de las actividades flexibilizadas  en la localidad, a excepción de industria, comercio, profesiones liberales, obra privada  y servicios esenciales;

c) Restricción de la circulación de personas al máximo en dicha localidad;

d) Se coordinará con la Policía de la Provincia puestos de control;

2.- ESTABLÉCESE un circuito sanitario para la protección de la salud de todas las  personas ubicadas en la localidad y provisión de los EPP que fueren  menester. Asimismo, se garantiza la libre circulación de Equipos de Salud,  Fuerzas de Seguridad, Personal del Ministerio Público Fiscal, COE y personal de todo otro organismo relacionado con la ejecución de la presente.  

3.- HÁGASE SABER que ante la falta de cumplimiento de lo dispuesto en los apartados precedentes se encuentra vigente la Ley N° 10.702 “RÉGIMEN SANCIONATORIO EXCEPCIONAL EMERGENCIA SANITARIA – COVID19”, sin perjuicio de las actuaciones que pudieran corresponder por ante la autoridad judicial competente.

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